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El Colegio
de Sociólogos de la Provincia de Buenos Aires es una Entidad
Jurídica de Derecho Público creada por la Ley Provincial
10307 en el año 1985.
Corresponde al Colegio de Sociólogos de
la Provincia de Buenos Aires:
a) Ejercer el gobierno de
la matrícula de los Sociólogos.
b) Representar gremialmente a todos los Sociólogos que desempeñen
su profesión en el territorio bonaerense, defendiéndolos
para asegurarles el digno ejercicio de la profesión, conforme
a las leyes.
c) Ejercer el poder disciplinario sobre los matriculados, aplicando
las sanciones que correspondan a las violaciones de las normas
de ética profesional, con arreglo a las disposiciones de
esta ley.
d) Proyectar e implementar servicios de obra social, para los profesionales
inscriptos, quedando facultado para celebrar acuerdos que propendan
a la adhesión voluntaria de los colegiados a obras sociales
privadas u oficiales ya existentes.
e) Promover y fomentar relaciones solidarias con todas las entidades
profesionales e integrar aquellas de segundo y tercer grado.
f) Promover y fomentar el desarrollo profesional y científico
de la Sociología, en todos los ámbitos y niveles,
coadyuvando al perfeccionamiento y actualización de los
colegiados.
g) Poner a disposición de las autoridades públicas,
la nómina de personas en condiciones de ejercer la profesión.
h) Proponer al Poder Ejecutivo las reglamentaciones necesarias
para la aplicación de esta ley.
i) Adquirir, administrar y disponer bienes, los que sólo
podrán destinarse al cumplimiento de los fines de la entidad.
j) Fijar el Presupuesto Anual de ingresos y gastos, de cuya aplicación
se rendirá cuenta a la Asamblea.
k) Todas aquellas otras atribuciones, conducentes al cumplimiento
de los fines del Colegio.
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